Durante años la utilización del castigo físico como método para educar a los niños y adolescentes no era cuestionado, por el contrario, era, y aún hoy lo es, aceptado como una forma de corregir las conductas no deseables en esta población.
¿Qué es el castigo físico?
Para comprender mejor este tema debemos definir primero que es el castigo físico el cuál es conocido como: el uso de la fuerza causando dolor, pero no heridas, con el propósito de corregir una conducta no deseable. Entre las medidas que se toman con el fin de corregir se pueden encontrar, pellizcos, nalgadas, “fajazos”, bofetadas, etc.
El castigo físico conlleva siempre castigo emocional, puesto que el cariño de los padres y su aprobación son el sostén afectivo del niño, y las bofetadas los pone en tela de juicio.
En la antigüedad los niños y adolescentes no eran sujetos de derechos es así como en culturas como la judía se les daba derechos a las personas hasta que alcanzaran la edad de 12 años.
En la edad media los niños eran considerados “pequeños adultos”, por lo cual se esperaba de ellos un comportamiento igual al que tendrían los adultos, pero siendo esta propiedad de los padres
Como consecuencia de muchos estudios y el entendimiento de la niñez y adolescencia como etapas del desarrollo del ser humano se empezó a considerar a los niños como sujetos de derechos al igual que los adultos y uno de esos derechos es el respeto a su integridad física.
La abolición del castigo físico como método educativo en Costa Rica
En Costa Rica fue en el año 2008 que se abolió el uso del castigo físico como método de corrección y educación.
En el año de 1989 se establece la Convención de los Derechos de los niños, en la cual se establece que ellos tienen los mismos derechos que los adultos y se otorgan derechos especiales debido a que no han alcanzado su pleno desarrollo físico y mental. Dicha Convención en su artículo 19 exige a los Estados proteger a los niños de “toda forma de violencia física y mental”. A esta Convención se une Costa Rica en el año 1990.
En Costa Rica se protegen los derechos de los niños contra el maltrato físico desde que se reformó el código de familia en su artículo 143 y el Código de la Niñez y la Adolescencia, en su artículo 24 bis. Ambos tienen que ver con el derecho de niños y adolescentes a que se respete su integridad física, mismo derecho con el que cuentan los adultos mayores de 18 años.
La ley 8654 “DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES A LA DISCIPLINA SIN CASTIGO FÍSICO NI TRATO HUMILLANTE “. En su artículo 1 establece:
Adicionase al capítulo II del Código de la Niñez y la Adolescencia, el artículo 24 bis, cuyo texto dirá: “Artículo 24 bis.- Derecho a la disciplina sin castigo físico ni trato humillante Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir orientación, educación, cuido y disciplina de su madre, su padre o los responsables de la guarda y crianza, así como de los encargados y el personal de los centros educativos, de salud, de cuido, penales juveniles o de cualquier otra índole, sin que, en modo alguno, se autorice a estos el uso del castigo corporal ni el trato humillante.
El Patronato Nacional de la Infancia coordinará, con las distintas instancias del Sistema Nacional de Protección Integral y las organizaciones no gubernamentales, la promoción y ejecución de políticas públicas que incluyan programas y proyectos formativos para el ejercicio de una autoridad parental respetuosa de la integridad física y la dignidad de las personas menores de edad.
Asimismo, fomentará en los niños, niñas y adolescentes, el respeto a sus padres, madres y personas encargadas de la guarda crianza.”
Esta misma ley en su artículo 2 establece:
“Refórmase el artículo 143 del Código de Familia.
El texto dirá: “Artículo 143.- Autoridad parental y representación. Derechos y deberes La autoridad parental confiere los derechos e impone los deberes de orientar, educar, cuidar, vigilar y disciplinar a los hijos y las hijas; esto no autoriza, en ningún caso, el uso del castigo corporal ni ninguna otra forma de trato humillante contra las personas menores de edad.
Asimismo, faculta para pedir al tribunal que autorice la adopción de medidas necesarias para coadyuvar a la orientación del menor, las cuales pueden incluir su internamiento en un establecimiento adecuado, por un tiempo prudencial.
Igual disposición se aplicará a los menores de edad en estado de abandono o riesgo social, o bien, a los que no estén sujetos a la patria potestad; en este último caso, podrá hacer la solicitud el Patronato Nacional de la Infancia.
El internamiento se prolongará hasta que el tribunal decida lo contrario, previa realización de los estudios periciales que se requieran para esos efectos; esos estudios deberán ser rendidos en un plazo contado a partir del internamiento”.
Esta ley fue publicada en la Gaceta en el año 2008 y firmada por la vicepresidenta del país Laura Chinchilla.
Como se puede ver en los artículos anteriores de la ley 8654, se deja claramente establecido que las personas responsables de niños y adolescentes deben educarlos, no es como se ha dicho popularmente “es que ahora no se nos permite la educación y corrección de esta población”, por el contrario, sigue siendo importante la educación y el incentivar la disciplina en su formación. Incluso se considera de igual importancia el fomentar que los niños y adolescentes respeten a las personas encargadas de su educación. También se establece que el PANI debe promover programas con el fin de formar a las personas en prácticas para ejercer su autoridad parental. Y buscar alternativas que respeten el derecho que tienen los niños y adolescentes a vivir sin que sea dañada su integridad.
En el año 2003 un estudio realizado por IDESPO (Instituto de Estudios Sociales en Población) de la Universidad Nacional, descubrió que el 65,3% de los encargados de los niños utilizaban el castigo físico como método disciplinario.
Cuando se le pregunta a los niños, niñas y adolescentes: ¿Qué siente un niño o niña cuando es castigado? Las respuestas más frecuentes fueron tristeza (79%); dolor (56,7%), seguidas de miedo (42,6%), culpa (39,8%) y soledad (37,1%).”(Fundación Paniamor; 2003; sin número de página).
Con la información anterior podemos decir que la ley de protección contra el castigo físico en Costa Rica lo que busca es respetar y proteger al niño y adolescente del maltrato físico, debido a que gran parte de la población en Costa Rica utiliza este método con el fin de corregir conductas que se consideran inadecuadas por parte del niño.
En la persona a la que le es aplicado este tipo de castigo surgen sentimientos negativos, lo cual permite comprender que este tipo de castigo no es el más adecuado.
Dentro de los efectos negativos que tiene el castigo físico según la organización Save the Children, podemos citar los siguientes:
- El castigo físico paraliza la iniciativa del niño. Bloquea su comportamiento y limita la capacidad para plantear y resolver problemas.
- Los niños cuando tienen miedo de ser castigados no se arriesgan a intentar cosas nuevas, de modo que no desarrollan su creatividad, su inteligencia y sus sentidos.
- No fomenta la autonomía del niño o niña, ni le permite elaborar normas y criterios morales propios.
- Hace que el niño y la niña respondan a la sanción, no a su propia iniciativa ni a la responsabilidad que los padres desean inculcarle.
- Fomenta una relación en la que el niño y la niña logran más atención de los padres a través de la transgresión de la norma.
- Ofrece la violencia como un modo válido para resolver conflictos, aprendiendo actitudes violentas.
- Dificulta el desarrollo de valores como la paz, la democracia, la cooperación, la igualdad, la tolerancia, la participación y la justicia, esenciales para una sociedad democrática.
- La violencia engendra violencia. El castigo físico legitima el abuso de poder dentro de todas las relaciones familiares.
- El castigo físico obliga a una obediencia ciega, obliga a la sumisión y a la dependencia. Al no permitir el razonamiento, al estar reñido con el diálogo, al sustentarse en la diferencia de fuerzas entre adulto y niño, el castigo físico no enseña a ser independiente y autónomo.
Efectos que causa el empleo del castigo físico por parte de los padres y madres, según el PANI, se encuentran los siguientes:
- Se acostumbra a castigar como una solución fácil.
- Produce ansiedad y culpa, aunque se crea que es correcto pegar.
- Se convierte en un modelo de agresión. Al golpear a los hijos e hijas les enseñan a resolver los conflictos con violencia.
- Amenazas con mayor frecuencia porque el castigo no funciona.
- Produce la necesidad de tener que castigar nuevamente y más fuerte, sin darse cuenta de que se puede pasar del castigo al abuso.
- Provoca una sensación de incapacidad y sentimiento de fracaso porque el castigo físico no funciona para criar a los hijos e hijas.
Lo anterior lleva a pensar que se es mal padre o mala madre.
Con el fin de dar herramientas a los padres para que no empleen el castigo físico, el PANI (Patronato Nacional de la Infancia) tiene un programa el cual se llama: “Crianza respetuosa, libre de castigo físico y trato humillante”
Este tipo de crianza respetuosa es un estilo de crianza o educación que promueve una experiencia sensible basada en el respeto, el amor, la comunicación efectiva, la empatía, el contacto físico constante y no-condicionado y la comprensión hacia la niña y el niño desde el momento de su gestación.
«Las madres y los padres asertivos(as) o que educan sin pegar utilizan la comunicación, la reflexión y el apoyo emocional como los principales medios educativos, dando más peso a la comunicación, la reflexión y el apoyo emocional como los principales medios educativos, dando más peso a lo positivo de sus conductas y explicándoles claramente el porqué de las normas y reglas que se establecen en el hogar.» (PANI)
Las personas menores de edad al igual que las personas adultas, tienen derecho a crecer libres de violencia.
¿Cómo debo disciplinar a mi hijo?
Se ha demostrado a través del tiempo que la crianza de tipo autoritativa es la que brinda mejores resultados en la crianza de niños y adolescentes. Los padres autoritativos insisten en las reglas, normas y valores importantes, pero están dispuestos a escuchar, explicar y negociar. Ejercen un control adecuado sobre la conducta del niño (control conductual), pero no sobre sus sentimientos, creencias y sentido del yo (control psicológico).
El empleo del castigo físico como método de educación, no es correcto y trae muchas consecuencias negativas para el niño y adolescente que es disciplinado de esta manera, entre las cuales se pueden encontrar: la experimentación de sentimientos como dolor, soledad, tristeza, además no permite desarrollar otras habilidades como la comunicación para enfrentar los problemas, restringe la creatividad al sentir temor a fallar y ser sujetos de este tipo de corrección.
También se ha visto que al trascurrir el tiempo hay un incremento en la intensidad del castigo y frecuencia con el que este se aplica, al no surtir el efecto que se desea, lo que lleva a pasar fácilmente de un método de corrección a un abuso.
Hay alternativas para lograr una adecuada educación de esta población la cual debe basarse en el diálogo, la empatía, ponerse en la posición del otro, en general una correcta comunicación.
Los padres deben educarse para poder poner en práctica las habilidades necesarias para realizar las tareas de educación de una forma correcta. Es momento de meditar que tan buenos, eran los métodos de corrección que se utilizaban en el pasado o si su aplicación se debía más bien a una falta de conocimiento de las consecuencias negativas que el castigo físico tiene para los niños
No se vale decir “mis padres lo hicieron así conmigo y soy buena persona”, se debe realizar un análisis más profundo. Como sociedad estamos llamados a mejorar y tratar de no cometer los mismos errores que se cometían en el pasado. Es por esto que la abolición del castigo físico en Costa Rica es un progreso en el sentido de educación, relaciones familiares más amorosas y vividas sin temor.